"La mentira tarde o temprano cae por su propio peso"

"La mentira tarde o temprano cae por su propio peso"

Integrantes de la Comisión Directiva del Club Alumni de Coronel Pringles, convocaron a una conferencia de prensa a los medios locales para dar a conocer que quedó desestimada la millonaria demanda laboral, de Oscar Venzi contra la entidad.

"Desde un principio dijimos que lo manejaríamos con la verdad y que se haría justicia. Hoy podemos festejar que el Tribunal Nº 1 rechazo la demanda. Venzi quiso sacar provecho en contra de una institución que la pelea día a día para subsistir"-explicó Luis Berruet, vicepresidente del Club.

Y añadió "Siempre respondimos que no correspondía arreglar nada, la mentira tarde o temprano cae por su propio peso. El Sr. Venzi nunca fue empleado de nuestra institución. Agradecemos al Dr. Gustavo Grassi que desinteresadamente nos brindó su apoyo, a los testigos que viajaron, que querían la verdad. También a instituciones deportivas, por el abrazo simbólico que hicimos todos a nuestra familia roja, hay que acompañar a los clubes y esto sienta un precedente. ¡Se hizo justicia y más que nunca, con los Clubes no!".

A continuación, fueron requeridas las palabras del Dr. Gustavo Grassi "Me sentí gratificado al ser convocado, me llama una comisión directiva de la cual no era abogado de ninguno de sus integrantes, y me pareció que era lo correcto. Desde el momento que me convocaron, traté de darles la tranquilidad que iba a ser un asunto que iba a ser bien defendido, pero que dependía del Tribunal Nº1 de Trabajo. Lo que defendimos fue recepcionado y rechazó la demanda en todos sus términos".

Y mencionó el letrado que Venzi "Ejercía el comercio pero de forma autónoma. Fue lo que entendió el tribunal y salió en el fallo. Me tocó defender una situación injusta y sigo convencido que los tribunales de trabajo resuelven justamente".

Luis Berruet, retomó la palabra y aseveró "Venzi, su hija, los dos testigos (Castillo y Vicente Castellucci) han sido declarados personas no gratas en el club y no van a poder asistir a ningún evento que realice el club de por vida. Lo que hicieron no es de buena persona".

Para concluir, se les entregó un presente los testigos del caso y al abogado que actuó sin cobrar sus honorarios al Club.

Resolución y Sentencia

La Jueza Dra., María Gabriela Lombardi señala en el fallo que "no se ha acreditado la existencia de una vinculación subordinada trabajo entre el actor y la asociación accionada ni con las personas físicas codemandadas. En consecuencia siendo el contrato de trabajo el presupuesto necesario para la procedencia de los distintos conceptos que se pretenden en el litigio, la demanda debe ser íntegramente desestimada".

Los Dres. Sebastián Such y Gustavo Ariel Dieguez adhirieron al voto precedente, y por ello se dictó la siguientes sentencia "SE RECHAZA en todas sus partes la demanda deducida por el Señor Oscar Alberto Venzi contra Asociación Club Alumni Social y Deportivo, Adrián Ignacio Comerio y Néstor Julio Rodríguez en concepto de indemnización por despido y otros rubros.