Se abre la inscripción para el Registro Municipal de Guías de Turismo

Se abre la inscripción para el Registro Municipal de Guías de Turismo

Marianela Strazzere, Coordinadora de Turismo de la comuna fue la encargada de explicar la convocatoria que apunta a sistematizar la información de guías y anfitriones turísticos del Partido de Coronel Pringles.

El Registro Municipal de Guías de Turismo se enmarca en la Ordenanza 4.847, sancionada en noviembre del año pasado y tiene sus antecedentes en la Ley Provincial 12.484 y su Decreto reglamentario (N° 1627/03).

Además de generar una base de datos para el ejercicio de la actividad, esta iniciativa apunta a ampliar y mejorar las prestaciones turísticas que brinda nuestro distrito.

Las personas inscriptas pasarán a conformar el Registro Municipal de Guías de Turismo y tendrán la correspondiente credencial, renovable cada seis años.

La inscripción, que permanecerá abierta durante todo el 2023, es para dos categorías:

Guía de Turismo.

Es toda persona física que ejerza actividades tales como acompañar, orientar o transmitir información a personas en forma individual o grupal, en forma remunerativa, en visitas o excursiones urbanas, locales, zonales, dentro del partido de Coronel Pringles, concerniente al patrimonio turístico.

Los requisitos para anotarse como Guía de Turismo son:

a)- Tener 18 (dieciocho) años de edad cumplidos o ser menor emancipado.

c)- Residir en forma permanente en el partido de Coronel Pringles.

d)- Tener estudios secundarios completos.

e)- Presentar fotocopia autenticada de estudios y/o títulos habilitantes de oficial de Guía de Turismo, expedido por entes oficiales nacionales y/o provinciales correspondientes a Universidades, institutos de Educación Superior o Entidades Públicas o privadas reconocidas oficialmente por el Ministerio de Educación de la Nación o la Dirección Provincial de Escuelas.

f)- Fotocopia autenticada del documento de identidad, de las páginas donde figura el nombre y apellido, fecha de nacimiento y el último cambio de domicilio.

g)- Constancia de CUIL o CUIT.

h)- Presentar síntesis curricular de antecedentes laborales y de estudios relacionados con el turismo.

i)- No poseer antecedentes de haber obrado con dolo, mala fe, incapacidad o negligencia en el desempeño de la actividad.

Anfitrión Turístico Local

Se considera así a la persona que reúne conocimientos prácticos y/o teóricos específicos restringidos a un lugar, un ambiente, una cultura, costumbres o una actividad, determinados por un carácter de poblador local y por una actitud responsable ante el medio ambiente y las personas que acompañan, cualidades que le permiten actuar acompañando, asistiendo, e informando a individuos o grupos y transmitiendo significativos contenidos relacionados con la conservación de los recursos naturales/ culturales.

Por anfitriones turísticos se refiere a aquellas personas que, sin tener título habilitante, pueden acreditar cursos y/o tramos de formación y ofician de “representantes locales”, acompañando a turistas que visiten nuestro distrito.

Son requisitos para anotarse como Anfitrión Turístico Local:

a)- Tener 18 (dieciocho) años de edad cumplidos o ser menor emancipado.

c)- Residir en forma permanente en el partido de Coronel Pringles.

d)- Tener estudios secundarios completos.

e)- Presentar fotocopia autenticada de cursos, capacitaciones, tramos de formación relacionadas a la actividad turística.

f)- Fotocopia autenticada del documento de identidad, de las páginas donde figura el nombre y apellido, fecha de nacimiento y el último cambio de domicilio.

g)- Constancia de CUIL o CUIT.

h)- Presentar síntesis curricular de antecedentes laborales y de estudios relacionados con el turismo.

i)- No poseer antecedentes de haber obrado con dolo, mala fe, incapacidad o negligencia en el desempeño de la actividad.

Cómo anotarse.

La inscripción se realizará durante todo el año en la Oficina de Turismo, ubicada en la Terminal de Ómnibus “Malvinas Argentinas” (Av. Frondizi y Belgrano), de lunes a viernes, de 7 a 13 horas.

Para consultas o mayor información, los interesados pueden contactarse con dicha área al celular 2923 51-2046.

El texto completo de la Ordenanza 4.847 puede leerse en: https://sibom.slyt.gba.gov.ar/bulletins/7882/contents/1805526

Dirección de Comunicación